Asociación de consumidores rechazó paralización dispuesta por el organismo y alegó que Entel cometió un error en el proceso.

Fuente: El Mercurio Economía y Negocios  por: Luis Musquiz

Otro capítulo comenzó a escribirse por estos días en el proceso de devolución de espectro radioeléctrico que deben realizar las compañías de telecomunicaciones Entel, Movistar y Claro en la banda 700 MHz con el fin de no superar el umbral de 60 MHz.

El abogado Cristóbal Eyzaguirre, de Claro y Cía., presentó la semana pasada una dura carta en representación de Entel con el fin de reclamar a la Corte Suprema por decidir —basada en el principio de inexcusabilidad y otros aspectos— sobre temas relativos a este asunto y ‘burlar’ una orden del Tribunal Constitucional (TC), que había ordenado suspender la tramitación de la restitución del espectro mientras conoce un recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad.

Lo anterior alertó a distintos abogados de la plaza. Algunos afirmaron que la decisión de la Corte Suprema era pertinente, ya que, en el fondo, rechazaba un recurso de apelación, herramienta inexistente en sede de libre competencia. Otros, en tanto, calificaron que la actuación de la Corte Suprema era una ‘falta de respeto mayor’ contra el TC, que ya había ordenado la suspensión del proceso de devolución de espectro radioeléctrico.

En tanto, Conadecus —organismo que fue quien venció a las empresas en la Corte Suprema y que ha buscado ejecutar el fallo en el Tribunal de Defensa de la libre competencia— acudió ayer al TC y afirmó que no corresponde suspender el proceso de cumplimiento. El abogado Cristián Reyes, en representación de la entidad defensora de los consumidores, defendió que la suspensión del cumplimiento de la devolución de espectro solo se pidió respecto de una causa relativa al tema y no de las dos que se están conociendo. ‘La empresa Entel cometió el error de solo solicitar la suspensión de expediente Rol Ingreso Corte Suprema 254-2019, y no de los autos Rol Ingreso Corte Suprema 2573-2019’. Agregó que la suspensión es algo específico que se aplica en forma restrictiva.

Conadecus enfatizó que no corresponde intentar acusar incumplimiento alguno a la orden del Tribunal Constitucional por parte de la Corte Suprema, y ‘mucho menos enarbolar supuestas estrategias procesales de las partes sobre este tema, en circunstancias de que ha sido la misma Entel la que no ha utilizado la debida diligencia al momento de solicitar la suspensión de un determinado expediente y no de otro’.

En otros aspectos del proceso, WOM solicitó ingresar como tercero coadyuvante al proceso que se ventila ante el TC por ‘haber sido afectada directamente por el ilícito anticompetitivo’ de sus competidoras, lo que fue refutado por Claro, empresa que afirmó que la petición es improcedente.

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Se espera que la disputa continúe entre Conadecus y Entel, Movistar y Claro ante el Tribunal Constitucional, la Corte Suprema y el TDLC.

Recuadro

WOM 
La firma pidió ser parte ante el TC por haber sido ‘directamente afectada por el ilícito anticompetitivo’ de sus competidoras.

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