Cristián Reyes Cid, Abogado senior de Estudio Bravo. Ex jefe de las Divisiones Jurídicas y de Litigios de la Fiscalía Nacional Económica

Profusa difusión ha tenido el inédito fallo de la Corte Suprema que obligó a las principales compañías de telecomunicaciones a desprenderse de una parte del espectro radioeléctrico, en razón de haber superado los límites fijados por el mismo Máximo Tribunal en el año 2009, y habida consideración que la eventual necesidad de contar con más frecuencias podría haberse consultado previamente ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia.

Al respecto, las empresas afectadas han señalado que dicho pronunciamiento habría vulnerado la certeza jurídica, dado que sus modelos de negocios y sus futuros proyectos habrían estado basados en las bandas que ya les habían sido adjudicadas por la autoridad. Sin embargo, ello no es así.

En términos simples, el profesor español Fernando Sáinz expresa que la seguridad jurídica es “la cualidad del ordenamiento que produce certeza y confianza en el ciudadano sobre lo que es derecho en cada momento y sobre lo que previsiblemente lo será en el futuro”. Así, por ejemplo, si una determinada norma o sentencia judicial prohíbe un determinado comportamiento, es previsible que el incumplimiento de dicha prohibición acarree consecuencias jurídicas al infractor, tal como la Corte Suprema desarrolla en su sentencia. Por esto mismo, lo que realmente hizo el fallo en comento fue reforzar la certeza jurídica que debe existir en todo estado de derecho, y no lo contrario.

En paralelo, el Supremo Tribunal tuvo en este caso la claridad suficiente para velar por el adecuado uso del espectro radioeléctrico (bien nacional de uso público, que pertenece a todos los chilenos) y para promover una mayor competencia en el mercado de la telefonía móvil, permitiendo el ingreso de nuevos actores que ofrezcan productos de mejor calidad y a precios más convenientes.

Y es que la importancia que en la actualidad tiene la telefonía móvil en la evolución tecnológica es cada vez mayor, pues es en base a ella que se ha propiciado de manera exponencial la expansión de Internet en el mundo, así como también el desarrollo de las aplicaciones, tecnologías y nuevos mercados derivados de ello, sólo bastando un teléfono celular para acceder a estas nuevas realidades.

En otras palabras, el fallo de la Corte Suprema -además de reestablecer el imperio del derecho- ha reforzado el principio de que los actores que participen o ingresen al mercado deban utilizar de manera eficiente y efectiva el espectro que se les asigne, promoviendo con ello la serie de avances que vienen aparejados con lo que algunos llaman la Nueva Economía o la Economía Digital, presente ya en el mundo entero.

Esta apertura tecnológica facilitará -por ejemplo- el desarrollo de las Fintech, reducirá aún más las brechas sociales y geográficas existentes y, en definitiva, igualará un poco más la cancha empresarial, para que no sobrevivan en los mercados los más fuertes, sino que los emprendedores más eficientes y sintonizados con las necesidades de las personas y su entorno.

Quién sabe si la verdadera certeza jurídica -consistente final y esencialmente en respetar los fallos y las instituciones- nos conduce más temprano que tarde a lo que el profesor Christian Felber ha denominado como la “Economía del Bien Común”, en que las empresas preferirán poner al ser humano en el centro de sus decisiones, y no viceversa.

Fuente: El Mercurio Legal

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