Las entidades financieras habían solicitado al Tribunal de Defensa de Libre Competencia dejar sin efecto una medida precautoria en contra de los exchange chilenos.

Fuente: Emol.com – Redactado por Alfonso González

SANTIAGO.- El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) decidió rechazar la solicitud de bancos que operan en Chile, que habían requerido dejar sin efecto la medida cautelar que los obligó a mantener abiertas las cuentas de las firmas operadoras de las monedas digitales en el país.

En la resolución, el TDLC indicó que el fallo de la Corte Suprema del pasado 3 de diciembre -y que validó el cierre de las cuentas- “no constituye un nuevo antecedente que haga variar lo resuelto, sin costas”.

“La resolución del Tribunal nos parece completamente sensata jurídicamente. Lo anterior, dado que no existe a la fecha modificación las circunstancias que motivaron la dictación de dicha medida precautoria”, dijo Samuel Cañas, abogado de Buda.com, una de las empresas operadoras.

“Por otro lado, la dictación de sentencias como la de la Corte Suprema en contra de otro exchange en el contexto de un recurso de protección -como el invocado por los bancos- no debiera tener relevancia jurídica para las decisiones que el Tribunal tome en sede de libre competencia, siendo improcedente su alzamiento”, agregó.

Por su parte, el abogado Mario Bravo, socio de Estudio Bravo, que asesoró CryptoMKT, indicó que “ahora lo que corresponde es que los testigos que hemos citado, es decir, el ministro de Hacienda, el ministro de Economía, el presidente del Banco Central, el superintendente de Bancos, el director de la UAF, concurran a declarar en el mes de febrero al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia respecto de los hechos que constan en el expediente.

“Entendemos que vamos a poder acreditar que los bancos ilegítimamente expulsaron del mercado a Buda y CryptoMKT por ser empresas que compiten con ellos”, concluyó el abogado.

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